La ley de sometimiento ya es oficial con la ley 2640
La ley de sometimiento quedó formalizada con la sanción presidencial que encabezó el mandatario Abelardo de la Espriella este miércoles, 4 de noviembre, en las instalaciones de la Casa de Nariño. La ratificación del texto legislativo dentro de los plazos legales habilita la puesta en marcha de la ley 2640 en el territorio colombiano.
Junto al jefe de Estado, el texto contó con el respaldo formal de las mesas directivas del Congreso y miembros del gabinete ministerial. En el acto estamparon su rúbrica el presidente del Senado, Honorio Enríquez, y el presidente de la Cámara de Representantes, Nicolás Barguil. Asimismo, participaron el ministro de Justicia, Iván Cancino, y el ministro del Interior, Alejandro Ordóñez, quien asumió su cargo en la misma jornada.
¿Qué establece la ley de sometimiento para los grupos armados?
La nueva normativa define una política orientada a dotar al Estado de instrumentos jurídicos para preservar el orden público, proteger a la población civil y transformar los territorios. Su propósito central consiste en desarticular organizaciones armadas ilegales o terroristas que atenten contra la convivencia y la seguridad ciudadana.
Bajo este enfoque, el marco legal excluye cualquier tipo de negociación o acercamiento político con redes dedicadas al narcotráfico o actividades terroristas. Esta disposición suprime de manera integral los mecanismos de diálogo que caracterizaron la política de “Paz total” desarrollada durante la administración de Gustavo Petro.
En lugar de conceder estatus político a las estructuras criminales, el Estado aplica una vía netamente punitiva y procesal. De esta manera, cualquier beneficio concedido en la ley de sometimiento queda supeditado a la aceptación estricta de responsabilidades ante los tribunales ordinarios.
Beneficios judiciales y exigencias del Gobierno
El texto de la ley 2640 consagra un tratamiento penal diferenciado para regular la situación de quienes decidan acogerse a sus disposiciones. Las medidas contemplan beneficios procesales específicos en función del nivel de jerarquía que cada individuo ocupaba dentro de la organización ilegal.
Lee también: Movilidad en Bogotá: nuevo plan para 2027
- Integrantes de base: podrán acceder a una rebaja de hasta el 50% en sus penas judiciales.
- Mandos y cabecillas: contarán con un descuento máximo del 30% de la sanción, con un cumplimiento obligatorio de al menos 10 años de privación efectiva de la libertad.
Para acceder a estas reducciones, los procesados no solo deben renunciar a las armas. El Ejecutivo estableció una serie de requisitos ineludibles que buscan garantizar la reparación colectiva y la no repetición de los hechos criminales.
Entre las condiciones exigidas figura la entrega completa del armamento, la cesión total de los patrimonios obtenidos de forma ilícita y la inmediata liberación de las personas secuestradas. Igualmente, los solicitantes deben aportar información veraz y comprobable que permita el desmantelamiento de estructuras en su totalidad.
Para quienes manifiesten una intención formal de colaborar, se prevé una suspensión de la ejecución de la pena privativa durante los primeros 180 días. Este lapso permite verificar la calidad y efectividad de los datos suministrados por los postulantes que busquen ampararse en la ley de sometimiento.
Límites frente al reclutamiento y opciones de redención
La normativa introduce condiciones estrictas frente a crímenes de alta gravedad, en particular cuando involucran a menores de edad. Aquellas organizaciones que hayan incurrido en el reclutamiento infantil verán drásticamente limitados sus beneficios judiciales ante la justicia.
Lee también: La carrera diplomática y un reclamo oficial por 5 cambios
En estos casos, las reducciones punitivas descienden a un máximo del 10% para quienes hayan ejercido labores de mando, mientras que los demás integrantes podrán recibir hasta un 30% de descuento penal. En ambos supuestos, la privación de la libertad nunca será inferior al mínimo legal establecido de 10 años tras las rejas.
Por otra parte, la legislación abre alternativas para que los condenados obtengan reducciones complementarias mediante labores comunitarias específicas. Se otorgará un día de rebaja punitiva por cada jornada dedicada a labores de desminado, erradicación manual de cultivos o programas de justicia restaurativa.
Este mecanismo procura que el cumplimiento de las penas aporte de manera tangible a la reparación comunitaria en las zonas afectadas. La aplicación de la ley de sometimiento busca así combinar el castigo judicial con acciones de apoyo directo a las comunidades que padecieron la violencia armada.
Publicación oficial y entrada en vigor de la norma
Tras la rúbrica estampada en el palacio de gobierno, el siguiente trámite institucional corresponde a la difusión del texto en el Diario oficial. Una vez completado este paso administrativo, la ley 2640 adquirirá obligatoriedad jurídica plena en todo el territorio colombiano.
La entrada en vigor de este marco normativo demandará una articulación estrecha entre las autoridades judiciales, penitenciarias y de seguridad. Los jueces deberán aplicar los parámetros fijados por la ley de sometimiento para tramitar las solicitudes individuales o colectivas de sometimiento que se presenten en los meses venideros.
Fuente: caracol.com.co



